GLOSARIO DE TÉRMINOS FIDUCIARIOS
A
ACTIVO: Conjunto
de bienes y derechos reales y personales sobre los que se tiene propiedad.
Término contable-financiero con el que se denomina al conjunto de recursos
económicos con los que cuenta una persona, sociedad, corporación, entidad,
empresa o cualquier organización económica.
ACTIVIDAD
FINANCIERA: Es el conjunto de operaciones que se efectúan en el mercado de
oferentes y demandantes de recursos financieros, incluyendo aquellas
operaciones que intervienen en la formación del mercado de dinero y de
capitales.
APERTURA DE CRÉDITO: Contrato por
el cual el acreditante se obliga a poner una suma de dinero a disposición del
acreditado o contraer una obligación por cuenta de éste para que él mismo haga
uso del crédito concedido en la forma y en los términos y condiciones
convenidos, quedando obligado el acreditado a restituir al acreditante las
sumas de que se disponga, o a cubrirlo oportunamente por el importe de la
obligación que contrajo y en todo caso a pagarle los intereses, prestaciones,
gastos y comisiones que se estipulen.
ARRENDAMIENTO FINANCIERO O
LEASING: La actividad del leasing es un campo del sistema financiero. Se
denomina sociedad de arrendamiento financiero (leasing) a aquellos que no
tienen capacidad legal, conforme a su objeto, para celebrar contratos, en
calidad de arrendadoras. Leasing es un vocablo inglés que se deriva del verbo
"to lease", que significa alquilar-arrendar, voz anglosajona que ha
sido admitido en el ámbito financiero jurídico internacional, para hacer
diferencia con el contrato tradicional de arrendamiento.
AVAL FINANCIERO: Garantía total o
parcial de pago prestada por un tercero, que se obliga solidariamente con el
deudor, para el caso de que éste no lo realice. El aval se hace constar en los
propios títulos de crédito o bien en un oficio, contrato o cualquier otro
instrumento, en forma genérica. La obligación contraída por alguno de los
signatarios de un título de crédito o por un extraño, de pagar dicho título en
todo o en parte, en defecto de alguno de los obligados en el título mismo. El
aval se hace constar en el propio documento o en hoja que se le adhiera. Se
expresa con la fórmula "por aval", u otra equivalente y debe llevar
la firma de quien lo presta. Legalmente, la sola firma en el documento puede
tenerse como aval, en algunos casos.
B
BANCA: Se denomina con este
término a la actividad que realizan los bancos comerciales y de desarrollo en
sus diferentes modalidades que conforman el sistema bancario y constituyen
instituciones de intermediación financiera. Esto es que admiten dinero en forma
de depósito, otorgando por ello un interés (tasa pasiva), para posteriormente,
en unión de recursos propios, conceder créditos, descuentos y otras operaciones
financieras por las cuales cobra un interés (tasa activa), comisiones y gastos
en su caso.
BANCO: Institución que realiza
labores de intermediación financiera, recibiendo dinero de unos agentes
económicos (depósitos), para darlo en préstamo a otros agentes económicos
(créditos) la ley define las operaciones que puede realizar un banco y prohíbe
el uso de esta denominación a otras instituciones o empresas. Los principales
tipos de bancos son bancos comerciales, bancos de fomento y bancos
hipotecarios.
BANCO DE SEGUNDO PISO: Son
aquellas entidades financieras que no atienden a personas naturales
directamente sino a través de los Bancos comerciales como Bancoldex.
BENEFICIARIO: Es la
persona en cuyo provecho se desarrolla la fiducia y se cumple la finalidad
perseguida.
BIENES DE CAPITAL: Son aquellos
bienes que se utilizan para la producción de otros, y no satisfacen las
necesidades del consumidor final. Entre estos bienes se encuentran la
maquinaria y equipo.
BVC – BOLSA DE VALORES DE
COLOMBIA: La Bolsa de Valores de Colombia
S. A. es un establecimiento mercantil de carácter privado, constituido como
sociedad anónima del cual puede ser accionista cualquier persona natural o
jurídica, salvo que las normas que rigen a dicha persona no se lo permitan.
Cada una de las sociedades comisionistas miembros debe poseer un número de
acciones no inferior al que establezca el reglamento de la bolsa, y en ningún
caso un mismo beneficiario real podrá tener una participación superior al diez
por ciento (10%) del capital suscrito de la bolsa.
La Bolsa de Valores de Colombia S.A. pone en contacto a oferentes y demandantes de títulos valores mediante la intervención de instituciones especializadas y autorizada para ello, las sociedades comisionistas de bolsa.
Es vigilada por la Superintendencia de Valores, entidad adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, quien suministra el marco conceptual, normativo y regulatorio dentro del cual pueden realizarse las transacciones en el mercado público de valores, así como las pautas de actuación de la bolsa, de las sociedades comisionistas y de sus funcionarios.
La Bolsa de Valores de Colombia S.A. es una institución clave para el desarrollo de la economía puesto que facilita el financiamiento de diversas actividades económicas, como las que desarrolla el sector real, conformado por empresas industriales, comerciales y de servicios, las cuales permanentemente requieren recursos para adelantar su tarea productiva.
Su función principal es canalizar los recursos del público hacia la inversión en empresas (sociedades anónimas), mediante su capitalización, función que se considera como la de mayor importancia para la economía.
La Bolsa de Valores de Colombia S.A. pone en contacto a oferentes y demandantes de títulos valores mediante la intervención de instituciones especializadas y autorizada para ello, las sociedades comisionistas de bolsa.
Es vigilada por la Superintendencia de Valores, entidad adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, quien suministra el marco conceptual, normativo y regulatorio dentro del cual pueden realizarse las transacciones en el mercado público de valores, así como las pautas de actuación de la bolsa, de las sociedades comisionistas y de sus funcionarios.
La Bolsa de Valores de Colombia S.A. es una institución clave para el desarrollo de la economía puesto que facilita el financiamiento de diversas actividades económicas, como las que desarrolla el sector real, conformado por empresas industriales, comerciales y de servicios, las cuales permanentemente requieren recursos para adelantar su tarea productiva.
Su función principal es canalizar los recursos del público hacia la inversión en empresas (sociedades anónimas), mediante su capitalización, función que se considera como la de mayor importancia para la economía.
C
CAPITAL: Stock de recursos
disponibles en un momento determinado para la satisfacción de necesidades
futuras. Es decir, es el patrimonio poseído susceptible de generar una renta.
Constituye uno de los tres principales elementos que se requieren par a
producir un bien o servicio.
CARTA DE CRÉDITO: Es un
instrumento otorgado por un banco en faro del exportador (beneficiario), a
través del cual dicho banco se compromete a pagar al beneficiario una suma de
dinero previamente establecida a cambio de que se haga entrega de los
documentos de embarque dentro de un periodo de tiempo determinado. La carta de
crédito es una de las formas más seguras para obtención de pagos.
COMISIONISTA DE BOLSA: Es la
persona legalmente autorizada para realizar las transacciones de compra y venta
de valores que se realizan en la rueda de bolsa.
COMPAÑIAS DE FINANCIAMIENTO
COMERCIAL: Son aquellas instituciones que tienen por función principal captar
recursos mediante depósitos a término, con el objeto primordial de realizar
operaciones activas de crédito para facilitar la comercialización de bienes y
servicios (Art. 92l45/90). Estas compañías están vigiladas por la superintendencia
bancaria y necesitan para su constitución un capital mínimo de mil quinientos
millones de pesos.
CONTABILIDAD: Es un
sistema de información integrado a la empresa cuyas funciones son: recolectar,
clasificar, registrar, resumir, analizar e interpretar la información
financiera de la organización.
Las actividades de clasificación, registro y resumen son de carácter rutinario y repetitivo y no constituyen funciones finales de la contabilidad. El desarrollo y la sistematización de la contabilidad han liberado al contador de esta fase del proceso, permitiéndole dedicar más tiempo a labores de mayor importancia, como el análisis e interpretación de la información.
El objetivo primordial de la contabilidad es el de proporcionar información financiera de la organización a personas naturales y entidades jurídicas interesadas en sus resultados operacionales y en su situación económica. Los administradores de la empresa, los accionistas el gobierno, las entidades crediticias, los proveedores y los empleados son personas e instituciones que constantemente requieren información financiera de la organización para sus respectivos análisis.
La contabilidad suministra información de la empresa a los administradores, como una contribución a sus funciones de planeación, control y toma de decisiones; los mismos requieren de información financiera confiable, comprensible, objetiva, razonable u oportuna.
Los accionistas o propietarios de la empresa requiere de información financiera con el fin de determinar el rendimiento de su capital invertido y confiando a la administración.
Los empleados y organizaciones sindicales necesitan de información contable de la empresa, la cual les permite fundamentar sus peticiones laborales y lograr así, acuerdos con sus patronos. El gobierno también hace uso de la información suministrada por contabilidad.
Cuando determina el monto de los impuestos de renta y complementarios y otros tributos a cargo de la empresa. Los acreedores y entidades crediticias solicitan a la empresa información financiera con el fin de determinar su capacidad de pago y decidir la autorización de un préstamo.
La complejidad y gran número de transacciones comerciales han presentado la necesidad de registrar todas las operaciones comerciales. Esta técnica desempeña un papel importantísimo en la vida económica de un negocio, cualquiera que sea su naturaleza.
Las actividades de clasificación, registro y resumen son de carácter rutinario y repetitivo y no constituyen funciones finales de la contabilidad. El desarrollo y la sistematización de la contabilidad han liberado al contador de esta fase del proceso, permitiéndole dedicar más tiempo a labores de mayor importancia, como el análisis e interpretación de la información.
El objetivo primordial de la contabilidad es el de proporcionar información financiera de la organización a personas naturales y entidades jurídicas interesadas en sus resultados operacionales y en su situación económica. Los administradores de la empresa, los accionistas el gobierno, las entidades crediticias, los proveedores y los empleados son personas e instituciones que constantemente requieren información financiera de la organización para sus respectivos análisis.
La contabilidad suministra información de la empresa a los administradores, como una contribución a sus funciones de planeación, control y toma de decisiones; los mismos requieren de información financiera confiable, comprensible, objetiva, razonable u oportuna.
Los accionistas o propietarios de la empresa requiere de información financiera con el fin de determinar el rendimiento de su capital invertido y confiando a la administración.
Los empleados y organizaciones sindicales necesitan de información contable de la empresa, la cual les permite fundamentar sus peticiones laborales y lograr así, acuerdos con sus patronos. El gobierno también hace uso de la información suministrada por contabilidad.
Cuando determina el monto de los impuestos de renta y complementarios y otros tributos a cargo de la empresa. Los acreedores y entidades crediticias solicitan a la empresa información financiera con el fin de determinar su capacidad de pago y decidir la autorización de un préstamo.
La complejidad y gran número de transacciones comerciales han presentado la necesidad de registrar todas las operaciones comerciales. Esta técnica desempeña un papel importantísimo en la vida económica de un negocio, cualquiera que sea su naturaleza.
CORPORACIONES FINANCIERAS: Según
la definición legal (Ley 45/90) son aquellas instituciones financieras que
tienen por función principal la captación de recursos a término, a través de
depósitos o de instrumentos de deuda a plazo, con el fin de realizar
operaciones activas de crédito y efectuar inversiones, con el objeto primordial
de fomentar o promover la creación, reorganización, fusión, transformación y expansión
de empresas.
COSTO:
El costo o coste es el
gasto económico que representa la fabricación de un producto o la prestación de
un servicio. Al determinar el costo de producción, se puede establecer el precio
de venta al público del bien en cuestión (el precio al público es la suma del
costo más el beneficio). El costo de un producto está formado por el precio de
la materia prima, el precio de la mano de obra directa empleada en su
producción, el precio de la mano de obra indirecta empleada para el funcionamiento
de la empresa y el costo de amortización de la maquinaria y de los edificios.
CRÉDITO BANCARIO: Préstamos
otorgados por la banca como parte de sus operaciones pasivas; incluye las
carteras vigentes, vencidas y redescontadas; los saldos comprenden moneda
nacional y extranjera.
CRÉDITO COMERCIAL: Crédito que
extiende una organización a otra empresa de negocios. Puede ocurrir en forma
explícita por medio de la emisión de una letra de cambio, o es posible que
surja de retrasos en los recibos y pagos por servicios realizados. Puede tener
una influencia importante sobre la política económica, porque como un todo es
una fuente importante de recursos de financiamiento, comparable por ejemplo,
con los créditos bancarios; aunque a diferencia de éstos, los créditos
comerciales no entran bajo el control directo de las autoridades. Entrega de
bienes o servicios a una persona o empresa, cuyo pago se realiza con
posterioridad en un plazo previamente convenido. El crédito comercial sirve
para facilitar y adecuar la producción a la circulación de mercancías. Facilita
las ventas, la producción, el desarrollo del capital y el incremento de
ganancias. El crédito comercial es generalmente de corto plazo.
CRÉDITO MERCANTIL: Valor que se
le asigna a una empresa por sus intangibles. Ejemplos reputación, marcas,
clientela establecida, entre otras.
D
DÉFICIT FINANCIERO (déficit del sector público): Es la diferencia negativa que resulta de la comparación entre el ahorro o desarrollo en cuenta corriente, y el déficit o superávit en cuenta de capital; expresa los requerimientos crediticios netos de las entidades involucradas. Muestra el faltante total en que incurre el estado al intervenir en la actividad económica nacional. Resulta de sumar el déficit económico con la cifra neta de la intermediación financiera.
DELEGADO FIDUCIARIO: Es el
funcionario autorizado para actuar, como lo indica la ley, con respecto al
inversionista para hacer cumplir las normas y leyes que guíen el fideicomiso.
DESEMBOLSO: Fase de una
transacción financiera que mide los pagos efectuados. Representa una salida de
fondos.
DESEMBOLSO DE CAPITAL: Gasto con
el que efectúa compras que se suman al activo fijo o lo incrementan, es decir,
gasto que se aprovecha en periodos futuros.
DIVISA: Moneda extranjera que
utilizan los residentes de un país para efectuar las transacciones económicas
internacionales. Para cumplir con este fin, dichas monedas como medios de pago
deben gozar de aceptación internacional generalizada, es decir, deben ser
monedas duras. Sólo las monedas de algunos países cumplen con este requisito.
También existen otros medios internacionales de pago como son el oro y los
derechos especiales de giro. La moneda de otro país.
DOCUMENTACIÓN DEL CRÉDITO: Es el
mecanismo legal mediante el cual se documenta una operación de crédito,
pudiendo ser a través de bonos, pagarés, contratos, entre otros.
E
ECONOMÍA: Ciencia cuyo objeto de
estudio es la organización social de la actividad económica. En otras palabras,
economía es la ciencia de cómo las sociedades resuelven o podrían resolver sus
problemas económicos.
EFECTIVO: Vocablo de sentido
amplio asociado con cualquier transacción comercial que implique la utilización
de dinero.
EMPRESA: En economía, agente
económico o unidad autónoma de control -y decisión - que al utilizar insumos o
factores productivos los transforma en bienes y servicios o en otros insumos.
No se trata de una entidad legal, sino de una organización que tiene objetivos
definidos, como el lucro y el bien común o la beneficencia y para cuya
consecuencia utiliza factores productivos y produce bienes y servicios.
EMPRESA DE SERVICIOS: Empresa que
presta servicios, pero que no participa en la producción de los bienes.
EMPRESA PRIVADA: Empresa en que
la propiedad del capital, la gestión, la toma de decisiones, y el control de la
misma son ejercidos por agentes económicos privados y en las cuales el estado
no tiene ninguna ingerencia. Un sistema de mercado se basa en la empresa
privada la cual tiene como principal objetivo maximizar ganancias. No obstante
puede ocurrir que este no sea su único objetivo. El rasgo fundamental del
sistema se empresa privada es que los individuos actúan de modo independiente y
sin control gubernamental.
EMPRESA PÚBLICA: Aquella en que
tanto la propiedad del capital, como su gestión y toma de decisiones están bajo
el control gubernamental. Uno de los principales objetivos, pudiendo tener
otros, como seguridad nacional u obtener ganancias. Las organizaciones
estatales que tienen autonomía financiera no constituyen empresas públicas.
EMPRESAS NO FINANCIERAS: Son
aquéllas que se dirigen a actividades distintas de la prestación de servicios
financieros y de seguros.
ESTRUCTURA ECONÓMICA: Forma de
distribución y organización de productores y consumidores de bienes y servicios
en ciudades y poblaciones de dimensiones diversas.
F
FACTORING: Consiste en la compra
de los créditos originados por la venta de mercancías a corto plazo. El
servicio de factoring ofrece a una empresa la posibilidad de liberarse de
problemas de facturación, contabilidad, cobros y litigios que exigen un
personal muy numeroso. Las empresas especializadas en la compra de cartera o
factoring son instituciones financieras que surgieron en Colombia a finales de
la década del setenta; estas entidades como su nombre lo indica se dedican a
riesgo de no pago por parte de estos últimos.
FIDUCIA: Se denomina fiducia al
negocio jurídico en virtud del cual una persona llamada fiduciante o
fideicomitente, transfiere uno o más bienes especificados a otra llamada
fiduciario, quien se obliga a administrarlos o enajenarlos para cumplir una
finalidad determinada por el constituyente, en provecho de éste o de un tercero
llamado beneficiario o fideicomisario.
FIDUCIARIA:
Institución de crédito expresamente autorizado por la ley que tiene la
titularidad de los bienes o derechos fideicomitidos. Se encarga de la
administración de los bienes del fideicomiso mediante el ejercicio obligatorio
de los derechos recibidos del fideicomitente, disponiendo lo necesario para la
conservación del patrimonio constituido y el cumplimiento de los objetivos o
instrucciones del fideicomitente.
Las Sociedades Fiduciarias son entidades de servicios financieros, constituidas como sociedades anónimas, sujetas a la inspección y a la vigilancia permanente de la Superintendencia Financiera. Son profesionales en la gestión de negocios, transacciones u operaciones por cuenta de terceros. Reciben mandatos de confianza, los cuales se desarrollan con el objeto de cumplir una finalidad específica, siendo, a la vez, asesores de sus clientes.
Las Sociedades Fiduciarias son entidades de servicios financieros, constituidas como sociedades anónimas, sujetas a la inspección y a la vigilancia permanente de la Superintendencia Financiera. Son profesionales en la gestión de negocios, transacciones u operaciones por cuenta de terceros. Reciben mandatos de confianza, los cuales se desarrollan con el objeto de cumplir una finalidad específica, siendo, a la vez, asesores de sus clientes.
FIDEICOMITENTE: Es la
persona natural o jurídica, que encomienda a la fiduciaria una gestión
determinada sobre uno o varios de sus bienes, para el cumplimiento de una
finalidad.
FIDUCIARIO: Son las
Sociedades Fiduciarias especialmente autorizadas por la Superintendencia
Financiera.
FIDUCIA
MERCANTIL: Mediante la celebración de este contrato el Fideicomitente
transfiere uno o más bienes o derechos específicos a la Fiduciaria para el
cumplimiento de la finalidad prevista en el contrato, en provecho del mismo Fideicomitente
o de un tercero (Beneficiario), conformándose con dichos bienes un patrimonio
autónomo.
El patrimonio autónomo, no es una persona jurídica, pero es receptor de derechos y obligaciones derivados de la ley o de los actos que se realicen en desarrollo del contrato fiduciario. La sociedad fiduciaria actúa como vocera y administradora del patrimonio autónomo y lleva la personería en las actuaciones procesales administrativas o jurisdiccionales. Los bienes que integran el patrimonio autónomo quedan separados de los activos del fiduciario, de los activos de otros negocios fiduciarios y de los propios del fideicomitente.
El patrimonio autónomo, no es una persona jurídica, pero es receptor de derechos y obligaciones derivados de la ley o de los actos que se realicen en desarrollo del contrato fiduciario. La sociedad fiduciaria actúa como vocera y administradora del patrimonio autónomo y lleva la personería en las actuaciones procesales administrativas o jurisdiccionales. Los bienes que integran el patrimonio autónomo quedan separados de los activos del fiduciario, de los activos de otros negocios fiduciarios y de los propios del fideicomitente.
La
legislación mercantil prevé que los bienes no podrán ser perseguidos por los
acreedores del Fideicomitente, a menos que sus acreencias sean anteriores a la
constitución del fideicomiso y se establezca por vía judicial que con la
transferencia se produjo un desequilibrio en el patrimonio del Fideicomitente
que le impide satisfacer las obligaciones contraídas con anterioridad.
FMI (fondo monetario
internacional): Organismo creado en 1945 mediante la firma del acuerdo de
Bretón Woods que incluía también la creación del banco mundial.
GASTO:
cantidad que se gasta o se
ha gastado. El gasto es un concepto de utilidad tanto para las familias como
para las empresas o para el gobierno. Una familia necesita controlar su gasto para que los ingresos le permitan
afrontar sus obligaciones y satisfacer sus necesidades. Una empresa, por su
parte, debe conocer sus gastos al detalle ya que atentan contra su beneficio o
ganancias. En el caso de un gobierno, que no busca rédito financiero, el
control del gasto es importante para evitar el déficit fiscal.
G
I
INGRESO:
Puede hacer referencia a
las cantidades que recibe una empresa por la venta de sus productos o servicios
(ingresos empresariales, en inglés revenue) y por otra puede hacer referencia
al conjunto de rentas recibidas por los ciudadanos.
INTERÉS: Es el costo que se paga a un tercero por utilizar recursos monetarios de su propiedad. Es la remuneración por el uso del dinero. Pago por el uso del dinero.
INTERÉS: Es el costo que se paga a un tercero por utilizar recursos monetarios de su propiedad. Es la remuneración por el uso del dinero. Pago por el uso del dinero.
INTERESES: Son las utilidades o
ganancias que obtiene un acreedor de su deudor como contraprestación al capital
dado en préstamo.
IVA (Impuesto sobre el Valor
Agregado): Es una figura fiscal aplicable en un gran número de países, y cuyo
principio básico consiste en que su pago se efectúa en cada fase del proceso
productivo sobre el valor agregado en cada fase. El IVA es un impuesto
técnicamente muy definido, por cuanto es completamente neutral, particularmente
en las operaciones de exportación e importación.
L
LETRA DE CAMBIO: Es una orden
incondicional de pasar una suma de dinero determinada. Puede expedirse a la
orden o al potador, o puede también definirse como un título librado por una
entidad crediticia a la orden de sí misma, y que se negocia en la bolsa.
LIBRADOR DE CHEQUE: Persona que
expide un cheque o quien ordena el pago a la institución de crédito.
P
PASIVO: son los deberes y obligaciones que
tiene que pagar la empresa las cuentas de pasivo son: proveedores, acreedores
diversos, documentos por pagar, etc.
PATRIMONIO:
El patrimonio es uno de
los conceptos básicos del derecho civil y tiene interés tanto desde el punto de
vista teórico, como desde el punto de vista practico, porque se relaciona con
muchas instituciones del derecho privado.
Existen diversas y variadas acepciones del concepto de "patrimonio", que va desde el concepto jurídico estricto, pasando por el contable y económico hasta llegar a conceptos calificados como patrimonio cultural, patrimonio de la humanidad, patrimonio colectivo, corporativo etc.
Existen diversas y variadas acepciones del concepto de "patrimonio", que va desde el concepto jurídico estricto, pasando por el contable y económico hasta llegar a conceptos calificados como patrimonio cultural, patrimonio de la humanidad, patrimonio colectivo, corporativo etc.
PREVENTA:
Es un tipo de negocio fiduciario en el cual se desarrolla un proyecto de
construcción inmobiliaria a través de la conformación de encargos fiduciarios
individuales en los cuales ingresaran los recursos depositados por los
compradores de los inmuebles que conforman el proyecto.
Dichos recursos serán invertidos en encargos fiduciarios individuales constituidos en las carteras colectivas administradas por LA FIDUCIARIA, a nombre de cada uno de los Inversionistas del citado proyecto, durante el tiempo que dure la ETAPA DE PREVENTAS y hasta que EL PROMOTOR cumpla con la condición para la Transferencia de recursos, momento en el cual, los recursos depositados por los INVERSIONISTAS serán puestos a disposición de EL PROMOTOR.
Dichos recursos serán invertidos en encargos fiduciarios individuales constituidos en las carteras colectivas administradas por LA FIDUCIARIA, a nombre de cada uno de los Inversionistas del citado proyecto, durante el tiempo que dure la ETAPA DE PREVENTAS y hasta que EL PROMOTOR cumpla con la condición para la Transferencia de recursos, momento en el cual, los recursos depositados por los INVERSIONISTAS serán puestos a disposición de EL PROMOTOR.
PUNTO
DE EQUILIBRIO: Se describe como el momento en el cual el proyecto llega a
cumplir las condiciones estipuladas en el contrato fiduciario, con respecto al
Número de Unidades vendidas establecidas por el promotor del proyecto y
licencia de construcción y urbanismo para el desarrollo del proyecto. Al
cumplir estas condicionas la fiduciaria procede a transferir los recursos
ingresados a los encargos fiduciarios de los compradores con destino al encargo
fiduciario matriz del promotor, con el fin de comenzar la construcción.
T
TASAS DE
INTERÉS: Es un porcentaje que se traduce en un monto de dinero, mediante el cual se paga por el uso del dinero en el tiempo. Es el precio del dinero o pago estipulado, por encima del valor depositado, que un inversionista debe recibir.
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